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MARIA LAURA CHAVARRIA SALVATIERRA

DERECHO BANCARIO 1. ¿Qué es el derecho bancario? (Ayala, pp. 29-30) Es el conjunto de normas tanto legales, administrativas y técnicos financieras que regulan las relaciones entre las entidades financieras legalmente constituidas, el publico en general (usuarios y clientes) y el estado en calidad de entre regulador y controlador del sistema financiero. 2. ¿Cuál es la relación del derecho bancario con el derecho comercial? (Ayala, p. 31) El derecho bancario es una subespecialidad que nació de la misma actividad comercial. En nuestra legislación comercial el código de comercio presenta a partir del libro III de los contratos y obligaciones comerciales y en su título VII sobre operaciones y contratos bancarios donde presenta las figuras básicas de las operaciones activas como ser el contrato de préstamo, la línea de crédito, cajas de ahorros, la cuenta corriente. 3. ¿Cuál es la relación del derecho bancario con el derecho civil? (Ayala, p. 32) El derecho civil es el derecho madre de todas las ramas jurídicas, En este sentido el derecho civil es el Derecho supletorio por excelencia del comercial y por ende del bancario. El derecho civil se relaciona en lo que se refiere a los derechos patrimoniales como ser: Los derechos reales, los derechos personales y de crédito u obligaciones de los libros, los derechos intelectuales y los derechos sucesores. 4. ¿Cuál es la relación del derecho bancario con el derecho administrativo? (Ayala) p. 32) La relación que tiene es que el Derecho Administrativo regula las normas que relacionan a las autoridades Que regulan el sistema financiero, en especial a la autoridad de supervisión del sistema financiero- ASFI Con las entidades financieras reguladas en Bolivia, A fin de establecer el marco regulatorio sectorial que comprende a las actividades financieras. 5. ¿Cuál es la relación del derecho bancario con el derecho constitucional? (Ayala pp. 32-33) El Derecho constitucional legisla los cuatro pilares fundamentales que se relacionan con el derecho bancario Las cuales son; ➢ La política fiscal. ➢ La política monetaria. ➢ La política financiera ➢ Las políticas sectoriales. 6. ¿Cuál es la relación del derecho bancario con el derecho penal? (Ayala pp. 33-34) Con el derecho penal el bancario se relaciona en la protección punitiva que otorga el estado al sistema financiero, donde por medios de normativas penales que van acorde con tratados de la lucha internacional contra el terrorismo, la trata y trafico de personas, el blanqueo de capitales. También se ha incorporado al código penal figuras que endurecen el tratamiento contra las actividades financieras ilegales, lo cual incluye la lucha contra el lavado dinero y la legitimación de ganancias ilícitas.

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También tenemos los delitos financieros de tipo bancario, los cuales son; a) Intermediación financiera sin autorización o licencia b) Uso indebido de influencias para la otorgación de créditos c) Aprobación indebida de fondos financieros d) Forjamiento de resultados financieros ilícitos e) Falsificación de documentos contables f) Disfunción de información financiera falsa. ¿Cuál es la relación del derecho bancario con el derecho informático? (Ayala pp. 34) Con esta rama del Derecho se relaciona en la contratación electrónica aplicada al sistema financiero, Esto lo refleja con la valoración que otorga la Ley de telecomunicaciones a la contratación por estos medios. ¿Qué es el mercado de Valores? (Cartilla ASFI, p 1) El Mercado de Valores es un espacio económico que reúne a oferentes y demandantes de valores. Asimismo, conforman el Mercado de Valores, la entidad reguladora, los intermediarios y entidades auxiliares de este. ¿Qué ofrece el mercado de valores para ser atractivo? (Cartilla ASFI, pp. 2-3) El Mercado de Valores ofrece fundamentalmente: ➢ Un mercado alternativo y complementario a los mercados financieros tradicionales como, por ejemplo, el sistema bancario, porque ofrece diferentes alternativas de inversión y financiamiento. ➢ En el Mercado de Valores participa el inversionista directamente en las decisiones de su inversión, conociendo el destino de sus recursos (proceso de “desintermediación financiera”). ➢ Mayores plazos de financiamiento. Esto es muy positivo especialmente para aquellos demandantes de fondos que deben aplicar estos recursos a proyectos de inversión de mediano y largo plazo. ➢ Costos de financiamiento y rendimientos de inversión más convenientes, por ser más accesibles tanto para los emisores como para los inversionistas. El Mercado de Valores ofrece menos costos de financiamiento y rendimientos atractivos con relación al riesgo de la inversión. ¿Qué ventajas consiguen las empresas en el mercado de valores? (Cartilla ASFI, pp.4-5) 1) Obtienen recursos financieros a menor costo. - Las empresas emisoras ya sean medianas, pequeñas o grandes pueden obtener recursos financieros a menor costo debido a que los obtienen directamente de los inversionistas. 2) Diseñan las condiciones de financiamiento de acuerdo con sus necesidades específicas. - Las empresas definen las condiciones en las que desean captar recursos: el plazo, la tasa de interés (rendimiento), la amortización, la modalidad de pago, etc. 3) Se capitalizan. - Las empresas pueden encontrar en el Mercado de Valores inversionistas en acciones que deseen participar en sus proyectos, desarrollando su empresa. 4) Optimizan su estructura financiera. - Las empresas pueden mejorar la composición de su deuda, así como atender y programar más eficientemente sus necesidades financieras para

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lograr su crecimiento. También obtienen fuentes diversificadas de recursos que garantizan su estabilidad e independencia crediticia. 5) Proyectan su imagen corporativa. - El Mercado de Valores es un medio eficaz para dar a conocer las oportunidades y fortalezas de las empresas, ya que realza la imagen de estas, mejorando su posicionamiento en el mercado. ¿Qué ventajas tienen los inversionistas que participan en el mercado de valores? (Cartilla ASFI, pp. 67). La existencia de un mercado regulado, organizado y transparente, como es el Mercado de Valores, brinda una serie de ventajas a los inversionistas: ➢ La decisión de inversión se ve facilitada por la cotización en las bolsas de valores de una gran variedad de valores provenientes de empresas de diferente tamaño, que permiten incluso al pequeño inversionista acceder a inversiones rentables de grandes empresas. ➢ La normativa vigente que regula el Mercado de Valores ampara y protege al inversionista. ➢ El Mercado de Valores permite al inversionista conformar su propia cartera de inversiones compuesta por diversos valores que pueden diferir en plazo, liquidez, riesgo y rentabilidad, según el emisor y las condiciones del mercado. Explique cómo se clasifica el mercado de valores de acuerdo a si es o no la primera transacción (Cartilla ASFI, pp. 8-9) a) Mercado Primario. - Se conoce como Mercado Primario a la primera venta o colocación de valores emitidos por las empresas. b) Mercado Secundario. - El Mercado Secundario es el conjunto de transacciones que se efectúa con los valores previamente emitidos en el Mercado Primario y permite hacer líquidos los valores, es decir su transferencia de propiedad para convertirlos en dinero. Esta cualidad es muy importante, ya que la liquidez junto con el riesgo y el rendimiento son los elementos básicos para decidir una inversión. Explique cómo se clasifica el mercado de valores de acuerdo a su organización (Cartilla ASFI, p.10) a) Mercado Bursátil. - En nuestro país, como en países desarrollados, las transacciones con valores se realizan dentro de un marco normado, regulado y transparente que se conoce como Mercado Bursátil, donde los precios de los valores se forman gracias a la acción de la oferta y demanda del mercado. Dicho de otra forma, el Mercado Bursátil es el conjunto de operaciones que se realizan en las bolsas de valores. b) Mercado Extrabursátil. - Todas las transacciones que se realizan fuera del marco del Mercado Bursátil conforman el Mercado Extrabursátil. Las operaciones extrabursátiles no se realizan en la rueda de bolsa. Explique cómo se clasifica el mercado de valores de acuerdo al periodo de vigencia de los valores (Cartilla ASFI pp. 11-12) a) Mercado de Dinero. - En este mercado se negocian valores emitidos a plazos menores o iguales a un año, es decir de corto plazo. Estos valores otorgan una tasa de rendimiento fija preestablecida que se cobra al cabo de su plazo de vigencia. Con la emisión de valores con estas características, las empresas o entidades financian sus necesidades de dinero por cortos períodos de tiempo, especialmente para cubrir deficiencias temporales en sus flujos de caja o

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para capital de operaciones. Son propios del Mercado de Dinero las LT’s del Tesoro General de la Nación y los Pagarés Bursátiles. b) Mercado de Capitales. - En este mercado se negocian valores emitidos a plazos mayores a un año, es decir de mediano o largo plazo. Por ejemplo, son propias de un Mercado de Capitales las transacciones con acciones, o negociaciones con bonos de mediano y largo plazo. Con la emisión de valores de estas características, las empresas o entidades financian sus necesidades de dinero para llevar adelante proyectos de gran envergadura, como ser aumento de capacidad productiva, captación de nuevos mercados (internos o de exportación), diversificación de actividades, etc. Explique cómo se clasifica el mercado de valores de acuerdo al tipo de rentabilidad que otorgan los valores (Cartilla ASFI, p.4) a) Mercado De Renta Fija. - En este mercado se negocian valores que otorgan una tasa de rendimiento fija preestablecida para su plazo de vigencia. El ejemplo característico son los bonos y los pagarés. b) Mercado De Renta Variable. - Es el mercado donde se negocian valores cuyo rendimiento no es fijo ni preestablecido. El ejemplo característico son las acciones. Los rendimientos de las acciones varían de acuerdo al desempeño de la empresa que los emitió y al precio de las mismas según su cotización en bolsa, en función a las expectativas de los flujos de dinero que generará la empresa en el futuro. Si se espera que estos flujos sean positivos y crecientes, la acción tendrá un mayor valor y viceversa. ¿Qué es un valor? (Cartilla ASFI, p. 17) Los valores, que son los que más se conocen en nuestro Mercado de Valores, son de acuerdo al Código de Comercio, un documento susceptible de ser transado en el Mercado de Valores. Los valores son los instrumentos de contenido económico, los cuales se negocian en el Mercado de Valores y tienen ciertas características y requisitos establecidos por la Ley del Mercado de Valores. Explique cómo se clasifican los valores según su cualidad o naturaleza (Cartilla ASFI pp. 18-19) a) Valores de participación. Son valores que le otorgan a su tenedor participación en un patrimonio específico. Es el caso de las acciones que representan una alícuota parte del capital social de una Sociedad Anónima; en las que el tenedor del valor es socio o partícipe de la empresa emisora. También es el caso de los valores representativos de cuotas de participación en un Fondo de Inversión Cerrado. b) Valores de contenido crediticio. Son valores que representan una obligación para el emisor o una alícuota parte de un crédito colectivo asumido por éste. Es el caso de los bonos y pagarés emitidos por las empresas, en los que el tenedor es acreedor del emisor. c) Valores representativos de mercaderías. Son valores que le otorgan al tenedor el derecho de propiedad de determinados bienes o mercaderías que se encuentran en depósito. Es el caso de los Certificados de Depósito emitidos por los Almacenes Generales de Depósito y los Bonos de Prenda o Warrants. Explique cómo se clasifican los valores según su garantía (Cartilla ASFI pp. 20-21) a) Valores con garantía quirografía Son valores garantizados por todos los bienes existentes y futuros del emisor. Es decir, el patrimonio de la sociedad emisora garantiza la emisión.

b) Valores con garantía hipotecaria. Son valores garantizados por la hipoteca constituida sobre un determinado bien inmueble. c) Valores con garantía prendaria. Son valores garantizados por la prenda constituida sobre un determinado bien. d) Valores con garantía colateral. Son valores que le otorgan al tenedor una garantía adicional o colateral a la principal garantía, pueden ser todas o algunas de las garantías mencionadas anteriormente. 19. Explique cómo se clasifican los valores según si tienen o no consignado a su titular (Cartilla ASFI, pp. 22-23) a) Valores al portador. - Los valores al portador no están expedidos a favor de una persona determinada, sino de su tenedor, cualquiera que éste sea. Con la sola exhibición del valor al portador, su transmisión se efectúa por simple tradición; por tanto, los derechos consignados son ejercitables por el tenedor del mismo. b) Valores a la orden. - Son valores expedidos a favor de una determinada persona, en los cuales se expresa “a la orden” y se transfieren por endoso y entrega del valor, sin necesidad de registro por parte del emisor. c) Valores nominativos. Son aquellos valores en los cuales se consigna el nombre de su titular, es decir se individualiza a su propietario y además se exige la inscripción del tenedor en el registro que lleva la sociedad emisora. En estos casos sólo se reconoce como propietario a quien figura como tal en el documento y registro correspondiente. Son valores transferibles por endoso, debiendo inscribirse al nuevo propietario en el registro de la sociedad emisora. En el caso de valores desmaterializados, las transferencias son registradas en el sistema de anotaciones en cuenta llevado por la Entidad de Depósito de Valores. 20. ¿Qué es la acción en el derecho boliviano? (Cartilla ASFI p.25) Representa una alícuota parte del capital social de una Sociedad Anónima. Existen acciones ordinarias y preferidas. Las acciones pueden ser emitidas al portador, a la orden o ser nominativas. Son libremente negociables en bolsa. El capital social de una empresa debe estar dividido en acciones de igual valor y éstas deben tener un valor nominal de cien bolivianos o múltiplos de cien. Las acciones pueden ser negociadas en oferta pública, previa autorización de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero e inscripción en el Registro del Mercado de Valores.

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