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TAREA: 2 MATERIA: DERECHO LABORAL Y SOCIAL ALUMNO: RENE DIEGO RODRIGUEZ PEREZ. DOCENTE: FRANCISCO ECHAZU RAMOS
1.- BREVE RESEÑA HISTORICA DEL TRABAJO. Comprende tres etapas Edad antigua.- Nace con el código labora río 2.000 años antes de cristo El trabajador prestaba servicio de sol a sol , el trabajo era considerado como actividad odiosa , infame, lo cual los trabajadores escapaban de ahí nace el trabajo encadenado para que estos no escaparen y la mujer era considerado como carne de placer. Edad media.- Comprendido entre el siglo sexto a decimo con la aparición del clero era el nuevo testamento la iglesia católica participa de manera fundamental y el concepto de trabajo cambia deja de ser odiosa, infame Lo máximo gracias a la iglesia católica apoyando a la clase trabajadora en esta etapa se constituye dos formas de trabajo, la régimen artesanal que nace de la migración de los campesinos a la ciudad por el contrato de aprendizaje Régimen feudal.- donde el trabajador se lo fija a la agricultura, Edad moderna.- Dice que nace por los grandes descubrimientos de américa En la época del maquinismo lo cual empeora la situación del trabajador por que nace la luz artificial lo cual nace el trabajo nocturno en este periodo era de 19 a 20 horas al día se incrementaba los accidentes laborales, se incrementa los accidentes, la mujer ingresa al área laboral pero con un 50 % menos que el hombre y también hubo explotación al menor de 18 horas lo cual solicitan las 8 horas laborales . 2.- CONCEPTO DEL DERECHO DEL TRABAJO Y SU RELACION CON EL DERECHO CONSTITUCIONAL Y PENAL. Conjunto de normas jurídicas que regula la relación del trabajo entre el empleador y trabajador y de ambos por el estado lo cual hay una relación tripartita el estado si o si es el que regula y protege los derechos de las partes, SU RELACION CON EL DERECHO PENAL: Por la actitud por los delitos que pueden cometer el trabajador en el ejercicio de sus funciones o fuera de ellos como ser robo ,hurto, abuso de confianza, apropiación indebida, sabotaje, boicot, huelgas ilícitas, revelación de secretos industriales informáticos, Relación con el derecho constitucional: ya que el derecho del trabajo tiene un fundamento constitucional y forma parte de un capítulo especial de todas las constituciones modernas
3.- MENCIONE LAS FUENTES DEL DERECHO DEL TRABAJO Y CUAL ES PROPIA DEL DERECHO LABORAL DESARROLLE. Las fuentes son costumbre, ley, jurisprudencia, doctrina, equidad, La propia del derecho laboral: Son convenios colectivos del trabajo es una escala intermedia entre la ley y el contrato de trabajo debido a que ellas se establecen condiciones laborales EJEM, salarios , descansos periódicos, incentivos , jornadas de trabajo, ejemplo la zafra – caña, algodón, maíz, soya, girasol, 4.- EXPLIQUE EL PRINCIPIO DE LA IRRENUNCIABILIDAD DE LOS DERECHOS DEL TRABAJADOR Y DONDE SE ENCUENTRA CONSAGRADOS. No explica que los derechos laborales no se pueden tranzar, negociar, desistir, De ser así (será nulo de pleno derecho)cuando se llega a un acuerdo transaccional de 19.000 bs va a u notario donde firma el empleador, el abogado, el trabajador, será nulo de pleno derecho,, se computara a cuenta del beneficio social hasta completar los 28.000 bs por que se encuentran consagradosen el artículo 162 de la CPE y 4 de la legislación laboral 5.- EXPLIQUE EL PRINCIPIO DE LA INTANGIBILIDAD – IN DUBIO PRO OPERARIO. Se encuentra inserto en los modernos códigos de Colombia , ecuador, Brasil Colombia, argentina , Uruguay, y es adoptado por Bolivia en nuestra CPE donde explica que se aplicara la norma más adecuada al trabajador, IN DUBIN PRO OPERANIO
CPE LEYES DS RESOLUCION TRI, BI, MINISTERIAL RESOLUCION ADNMINISTRATIVA RESOLUCION DE DIRECTORIO En materia laboral la boya volcar la CPE para proteger a mi trabajador que se puede ver en una resolución ministerial que es más protectora que la CPE y aplicare la norma más favorable.
6.- DESARROLLE BREVEMENTE TRES CARACTERES DEL CONTRATO DE TRABAJO. A) Es Personal.- Ya que es un contrato “INTUITO PERSONAE” ósea personalismo de parte del trabajador, no pude poner reemplazante por su ausencia caso excepcionales y admitidos por el empleador, con la muerte del trabajador finaliza la relación jurídica. B) Es Consensual.- Ya que el contrato de trabajo o la relación de trabajo nace por consentimiento o acuerdo de partes. C) Es Oneroso.- Por que existe una retribución, remuneración, salario a cambio del servicio prestado por el trabajador. 7.- MENCIONE LAS OBLIGACIONES DELTRABAJADOR. A) OBLIGACIONES DELTRABAJADOR Desempeñar las tareas para el cual fue contratado
Prestación diligente del trabajo
Colaboración en la buena marcha de la producción y en la unidad económica
Guarda fidelidad a la empresa en cuanto se refiere a sus intereses
Tener una adecuada conducta moral
Observar disposiciones sobre seguridad e higiene ocupacional
Conservar los secretos de la empresa y no hacerle competencia desleal
No asistir al trabajo en estado de embriaguez o influencias de las drogas
Asistencia y puntualidad en el trabajo
Cuidar las maquinarias y herramientas que están a cargo de su custodia.
8.- MENCIONE LAS OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR Y CUALES SON OBLIGACIONES DE ÚLTIMA TENDENCIAS. B) OBLIGACIONES PATRONALES
Remunerar puntual y debidamente los servicios prestados
Respetar la jornada legal y convencional el trabajo
Cancelar las horas extraordinarias trabajadas
Proporcionar al trabajador materiales y útiles para que cumpla su función
No vender productos a sus trabajadores excepto los que se elaboran en la empresa y a precio de costo
Guardar compostura y dignidad personal ante sus trabajadores
Velar por la elevación material y moral de los trabajadores
Entregar al trabajador que cesa sus servicios el debido certificado de trabajo
Promover al trabajador al puesto que le pertenezca
No transferir al trabajador a otra empresa
OTRAS DE ÚLTIMA TENDENCIA.
Celebrar por escrito el contrato de trabajo
No alterar las condiciones del contrato
No modificar arbitrariamente las tareas y horarios de los trabajadores
Proporcionar al trabajador ropa especial para el trabajo
Cuidar de la higiene, seguridad industrial e ocupacional de sus trabajadores
Redactar y aplicar un reglamento interno con visto bueno del órgano rector
Cumplir y hacer cumplir la legislación del trabajo
Llevar libros de planilla de pago y asistencia.
9.- NOMBRE LAS CAUSAS LEGALES DE SUSPENSION DEL CONTRATO Y DESARROLLE TRES. A) Por Causas Biológicas.- La enfermedad y la maternidad. B) Por Causas Físico Económicas.- accidentes, incendio de locales, destrucción de materias primas, crisis, paros C) Por Causas Político - Administrativo.- Servicio militar, servicios cívicos D).- Por Causas Político – Sociales.- huelgas y lockouts E) Por Causas Jurídicos Penales.- Detención o proceso del trabajador, suspensión disciplinaria del trabajador, cierre de la empresa quiebra, especulación, falta de pago de impuestos. 10.- MENCIONE LAS CAUSALES DE EXTINCION DEL CONTRATO DE TRABAJO. A) Por Mutuo Consentimiento.- La voluntad de las partes, no puede ser unilateral como ocurre en la mayoría de los casos que el empleador firma un contrato de trabajo con su trabajador por decir de 2 años y a los meses decide extinguir el contrato de trabajo, el trabajador basado en la doctrina puede reclamar el pago total del contrato de trabajo por daños y perjuicios al trabajador. B) Por Fuerza Mayor.- Es un acontecimiento imprevisible e independiente de la voluntad de las partes
C) Muerte del Trabajador.- Siendo la relación laboral esencialmente personalísima, esta relación de trabajo llega a su fin por muerte del trabajador D) Por Vencimiento del Plazo.- Es la forma más habitual y general de poner fin al contrato de trabajo, cumplido el término se extinguen las relaciones contractuales. 11.- CONCEPTO DE DESPIDO Y EXPLIQUE EL DESPIDO INDIRECTO. Es la ruptura violenta y abusiva de parte del empleador en terminar la relación de trabajo se produce un retiro intempestivo sin previo aviso al trabajador. DESPIDO INDIRECTO.- El empleador cometiendo abusos altera ciertos aspectos formales del contrato de trabajo con respecto a la reducción de salario, trabajo distinto para el cual fue contratado, cambio de traslado a un puesto inferior, alteración arbitraria del horario de trabajo y otros hechos semejantes sin consentimientos del trabajador. 12.- CUANTAS CLASES DE DESPIDO EXISTEN. Condicionado: por el cual el empleador avisa o le hace saber a su trabajador que será despedido sino acepta la reducción de su salario, cambio de horario o funciones, traslado de trabajo. Despido a plazo el empleador previene al trabajador que será despedido otorgándole un plazo para que se busque otro trabajo a lo que se llama despido indirecto. 13.- CUALES SON LAS JUSTAS CAUSAS DE DESPIDO. Está contemplado en nuestra Legislación del Trabajo Art. 16 y del Decreto Reglamentario el Art. 9
Art. 16.- No habrá lugar a desahucio ni indemnización cuando exista una de las siguientes causales:
a) Perjuicio material causado con intención en los instrumentos de trabajo; b) Revelación de secretos industriales; c) Omisiones o imprudencia que afecten a la seguridad o higiene industrial; d) Inasistencia injustificada de más de tres días; e) El incumplimiento total o parcial del convenio; f) Retiro voluntario del trabajador; g) Robo hurto por el trabajador.
14.-CONCEPTO, FINALIDAD DEL PREAVISO Y CUALES SON LOS PLAZOS DEL PREAVISO. Concepto: Es una institución jurídica que tiendea proteger al trabajador en la estabilidad de su trabajocontra el enigma del despidoque lo coloca en la desocupaciónes la notificación, aviso, advertenciao anticipación de lo que sucederá. Finalidad: Del lado del trabajador es una garantía jurídica este aviso previo, ya que tiene por objeto impedir que este sea sorprendido frente a una ruptura brusca, súbita por sorpresa. Los plazos: En el artículo 12 1) Tratándose de contratos con obreros, con una semana de anticipación, de un mes de trabajo ininterrumpido; con 15 días, después de 6 meses y después de un año; 2) Tratándose de contratos con empleados, con 30 días de anticipación por el empleado, y con 90 por el patrono, después de 3 meses de trabajo interrumpido. La parte que omitiese el aviso abonará una suma equivalente al sueldo o salario de los períodos establecidos. 15.- SE PUEDE DAR PREAVISO EN ENFERMEDAD. La enfermedad del trabajador suspende el preaviso al igual que el accidente, ya que la finalidad del preaviso es que el trabajador durante este tiempo pueda utilizar este lapso para conseguir una nueva fuente de trabajo una vez acabada la dolencia del trabajador continua normalmente. 16.- SE PUEDE DAR PREAVISO EN CASOS DE VACACION Y HUELGA.Vacación: no se podrá dar preaviso dentro del periodo vacacional, salvo que el trabajador así lo desee realizara la petición por escrito a su empleador. Huelga: La huelga constituye la suspensión del contrato de trabajo no se puede otorgar el preaviso de ley seria como presionar o intimidar para que los trabajadores renuncien a su pliego petitorio de reclamos de sus derechos laborales. 17.- QUE PENALIDAD TIENE LA PARTE QUE OMITA EL PREAVISO. INDEMNIZACION POR FALTA DE PREAVISO.-. En nuestra legislación se encuentra en la L.G.T. ART. 12 debido al principio de reciprocidad. La parte que omitiere el aviso abonará una suma equivalente al sueldo o salario de los períodos establecidos. Que es un pago por despido injustificado o cesantía que equivalía a tres salarios.
18.- QUE ES LA ESTABILIDAD DEL TRABAJO Y DONDE SE ENCUENTRA LEGISLADO EN BOLIVIA, BUSCAR EN LA C.P.E EL ARTICULO CORRESPONDIENTE. Estabilidad del trabajo: El derecho a la garantía de permanencia en su trabajo Que tienen los trabajadores y trabajadoras a permanecer en sus puestos de trabajo. En el artículo 46 de la CPE se encuentra la estabilidad del trabajo donde dice que la persona tiene derecho a una fuente laboral estable equitativas y satisfactorias, 19.- QUEL ES EL CÓMPUTO DE LA ANTIGUEDAD.Es la fecha de ingreso desde cuando un trabajador se pone a disposición de su empleador, sirve para los cálculos de beneficios sociales Ej: Vacaciones, aguinaldos, bono de antigüedad etc. Nuestra Legislación en su Ley 03 de Noviembre de 1944 establece la Inclusión de los tres meses de prueba a efectos sociales. 20.- CUAL ES EL TIEMPO MAXIMO PARA EL PAGO DE LA INDEMNIZACION Y COMO SE CALCULA LA INDEMNIZACION POR DESPIDO. El tiempo máximo del pago de la indemnización: Es de quince días calendarios desde fecha de retiro. el cálculo de la indemnización : se hará tomando en cuenta el promedio del salario
o sueldo de los tres últimos meses, tratándose de sueldo mensual y en los últimos 75 días trabajados tratándose de salario diario.., Se incluye dentro de la indemnización el salario básico y todos los derechos que el trabajador reciba por diferentes conceptos, bonos, horas extras, comisiones 21.- QUE ES EL AGUINALDO, DONDE ESTA CONSAGRADO Y COMO SE DEBE CANCELAR. Es el derecho en virtud del cual se realiza un pago extraordinario de un sueldo al trabajador en diciembre para afrontar gastos de las fiestas navideñas. ... La Ley General de Trabajo de Bolivia, en su artículo 57 menciona el aguinaldo de Navidad como el pago anual por un servicio mayor a tres meses. La cancelación del aguinaldo: Se calcula mediante el cálculo del promedio del total ganado de los últimos tres meses anteriores al pago septiembre , octubre y noviembre.
22.- ¿DEFINA QUE ES EL SALARIO Y CUAL SON SUS DENOMINACIONES. Es el pago que recibe periódicamente una persona por la realización de su trabajo. Para ello, empleado y empleador se comprometen mediante la formalización de un contrato, por el cual el empleador paga un salario a cambio del trabajo del trabajador. Sus denominaciones:Salario a destajo, salario anual, Salario aeronáutico, Salario mínimo nacional, Salario bíblico, convencional, salario diferido, Salario familiar, salario global, Salario incentivo. 23.- MENCIONE LAS CLASES DE SALARIO Y DESARROLLE TRES MODALIDADES. Salario por Tiempo, y a Destajo salario por (tarea) o por Pieza, Salario en dinero y en especie, salario Nominal y Salario Real, Salario directo e indirecto, salario individual y familiar, salario mínimo y salario máximo. Salario por Tiempo Si un chofer está esperándole al jefe, dentro el auto, con el asiento reclinado, durmiendo, con el periódico sobre la cara, aun así, se podría decir que “está trabajando “, aunque efectivamente no lo esté haciendo; el hecho radica en que, está cumpliendo una jornada de trabajo, en la que, no puede disponer libremente de su tiempo, y cuando salga el jefe, se podrán a manejar el auto; pues, ese tiempo pagado o `jornada efectiva”, está subordinado y reatado a las órdenes del empleador (siendo diferente hablar de trabajo efectivo). Este salario por tiempo, puede tener diferentes modalidades de pago, como: por hora, día, semana, mes, etc. Salario a destajo El salario a destajo El salario a “destajo” es una forma de remuneración definida por el autor Guillermo Cabanellas, como “aquel en que la remuneración del trabajador depende de la producción, por pagársele de conformidad con la tarea realizada o con los objetos elaborados.” Salario en especie Salario en especie se denomina a lo que el trabajador, o su familia, reciben en alimentos, vivienda, vestuario o demás artículos destinados a su consumo personal.
Salario Mínimo Nacional El Salario Mínimo Nacional es el dispuesto por el Gobierno con carácter general, sin exclusión de mujeres o menores de edad, sirve como parámetro de remuneración mínima que se debe pagar en cualquier tipo de contratación con relación de dependencia a nivel nacional, El Salario Mínimo Nacional por lo general se decreta en los primeros meses (le cada año con retroactividad al 1ro de enero, debiendo realizarse reajustes en los salarios por la variación en el cálculo del bono de antigüedad, IV.A., subsidios, declaraciones a la C.N.S. por aportes patronales, reliquidaciones de beneficios sociales procesadas anteriormente a la vigencia y otros, 24.- EXPLIQUE LA DOCTRINA LIBERAL Y SOCIAL CRISTIANA DE FIJACION DEL SALARIO Doctrina Liberal: el liberalismo económico al nombre de la libertad y de la libre contratación, donde el trabajo es una especie de mercancía sometida como cualquier otra sobre la ley de la oferta y demanda. Doctrina Social cristiana: desde la edad media y la oposición de la iglesia católica frente a los problemas de los trabajadores con sus empleadores en lo que se refiere al salario se plantea la TEORIA DEL SALARIO JUSTO a cabo del Pontífice León XIII en 1891 en la famosa Encíclica del Rerum Novarum. Otra encíclica de la Divini Redanptoris del Papa Pio XI en 1937, Juan XXIII 1961 y finalmente el Popularum Progressio del Pontífice Paulo VI en 1967 todas ellas expresan la retribución del salario se debe fijar conforme a la justicia y la equidad. 25.- DEFINA LA JORNADA DE TRABAJO Y CUAL ES SU IMPORTACIA DE ESTA INSTITUCION Jornada de trabajo: es la medida o relación de tiempo que dura el trabajo realizado por el trabajador al servicio u órdenes del patrono con el fin de cumplir el contrato o relación laboral. La importancia de esta institución: en el derecho del trabajo la jornada o duración laboral ha constituido la institución jurídica madre y de ella se han derivado casi todas las demás instituciones del derecho Laboral así como la fijación del salario, las indemnizaciones, los descansos periódicos o anuales y los problemas de la seguridad social.
26.- ¿DESDE CUANDO SE INCORPORO EN NUESTRO PAIS LA JORNADA DE TRABAJO DE OCHO HORAS DIARIAS? En nuestro país gracias a la lucha sindical de años se logró la Jornada de trabajo de 8 horas diarias, lo cual fue consagrada en la CPE del 30 de octubre de 1938, para que se implantare por la LGT de 24 de mayo 1939 con carácter general, hasta ese momento solo gozaban de ese beneficio por la Ley de 21 de noviembre de 1924 los trabajadores del comercio y la industria. 27.- CUÁLES SON LOS ANTECEDENTES HISTORICOS DE LA REDUCCION DE LA JORNADA DE TRABAJO. Las leyes de India (Rey de España Felipe II en 1538) se establecen las 8 horas diarias de trabajo y el descanso dominical. Este no fue un logro de la lucha de parte de los trabajadores si no fue para precautelar la vida y salud de los trabajadores de esta parte de América. La encíclica de Rerum Novarum de mayo de 1891 predicada por el papa León XIII conocido como el Papa Socialista que gravito hondamente en la reducción de la jornada de trabajo a 8 horas diarias para evitar la explotación inhumana. Por ello el Congreso de Baltimore en 1866 decreta las 8 horas diarias de trabajo. La Revolución Rusa de 1917 implanto las 8 horas diarias de trabajo, luego siguieron otros países de Europa como Finlandia, Alemania, Polonia, Austria, entre los estados Latinoamericanos está en Uruguay, Cuba, Panamá y Chile. Tratado de Versalles de 1919 se consolida la jornada de trabajo de 8 horas diarias, descanso dominical obligatorio y trabajos dignos. O.I.T. en su conferencia de 1919 en Washington aprueba el convenio número 1 que establece la jornada de trabajo de 8 horas diarias, descanso dominical obligado. 28.- EXPLIQUE LA REDUCCION DE LA JORNADA DE TRABAJO BAJO FUNDAMENTOS BIOLOGICOS Y TECNICOS ECONOMICOS. Fundamentos Fisiológicos: La laxitud es la fatiga normal diaria a consecuencia del trabajo, desaparece con reposo. El agotamiento, llamado también postración se caracteriza por la taquicardia y hipotensión es también una manifestación pasajera. El surmenaje, se caracteriza por trastorno del sistema nervioso que producen insomnio, anorexia e irritabilidad se reduce con el reposo. Él es forzamiento, se presenta con problemas en el aparato circulatorio produciendo insuficiencia cardiaca aguda debido al exceso de trabajo.
Fundamentos Técnicos Económicos: La jornada prudenciales corta produce más que una jornada larga. Las estadísticas empresariales prueban que la jornada prudencialmente corta la producción es de mayor cantidad y mejor calidad. El aumento de la productividad merced a la reducción a la jornada de trabajo aparece gradualmente. 29.- MENCIONES LAS DIFERENTES CLASES DE JORNADA DE TRABAJO. Jornada de trabajo permanente: Como su nombre lo dice esta jornada de jornada tiene lugar cuando el servicio prestado constituye una necesidad permanente de la empresa, forma parte de las actividades normales, constantes y necesarias del centro de trabajo. Jornada de trabajo eventual: es el accidental, inesperado ya que no se relaciona con las actividades permanentes y necesarias del centro de trabajo. Jornada de trabajo transitorio: es una prestación de trabajo provisional relacionadas directamente con las necesidades permanentes y habituales de la empresa. Jornada de trabajo por suplencia: llamados también sustitutos son los que prestan servicios dentro de las actividades propias de la empresa, en las ausencias de otros trabajadores efectivos que dejan el trabajo por servicio militar, vacaciones, enfermedad, etc.. Jornada laboral de temporada: es aquel que se realiza sola y únicamente en ciertos periodos fijos durante el año, como ocurre en la zafra en Bolivia. Jornada laboral de las mujeres y menores: la debilidad fisiológica de la mujer y del niño han motivado a tratadistas y gobiernos para dictar leyes de protección a la mujer y los menores. En nuestra legislación se prohíbe trabajo de menores de 14 años, los menores de 18 años no podrán contratarse para trabajos superiores a sus fuerzas y puedan retardar su desarrollo físico. La jornada de las mujeres y menores de 18 años no excederá de 40 horas semanales diurnos. Jornada de trabajo nocturno: presenta mayores riesgos y sobre esfuerzos. Como la iluminación artificial daña los ojos, el cuerpo a esa hora necesita descanso, se necesita de precauciones, cuidado y concentración.
30.- ¿EXPLIQUE LA JORNADA DE TRABAJO PERMANENTE Y JORNADA DE TRABAJO POR TEMPORADA, DE EJEMPLOS? Jornada de trabajo permanente: Como su nombre lo dice esta jornada de jornada tiene lugar cuando el servicio prestado constituye una necesidad permanente de la empresa, forma parte de las actividades normales, constantes y necesarias del centro de trabajo. EJEMPLO La empresa que contrata a un administrador de empresas para el manejo de dicha empresa trabajo permanente Jornada laboral de temporada: es aquel que se realiza sola y únicamente en ciertos periodos fijos durante el año, como ocurre en la zafra en Bolivia. Ejemplo El hotel las américas que contrata a un albañil para colocar piso de una habitación, 31.- ¿MENCIONE LAS DIFERENCIAS ENTRE LA JORNADA DE TRABAJO EVENTUAL Y LA TRANSITORIA. Jornada de trabajo eventual: es el accidental, inesperado ya que no se relaciona con las actividades permanentes y necesarias del centro de trabajo. Jornada de trabajo transitorio: es una prestación de trabajo provisional relacionadas directamente con las necesidades permanentes y habituales de la empresa. 32.- EXPLIQUE LA JORNADA DE TRABAJO NOCTURNO. Jornada de trabajo nocturno: presenta mayores riesgos y sobre esfuerzos. Como la iluminación artificial daña los ojos, el cuerpo a esa hora necesita descanso, se necesita de precauciones, cuidado y concentración 33.- EXPLIQUE LA JORNADA DE TRABAJO INSALUBRE CON SUS CATEGORIAS Jornada de trabajo insalubre: Industria insalubre – son las que pueden producir a quienes en ellas trabajan trastornos generales de mayo y menor daño orgánico, plomo, mercurio, como por el ambiente frigorífico, mataderos, cámaras. Industria peligrosa – son aquellas que por naturaleza implican un riesgo para la salud integridad del trabajador. (Altos hornos, ingenios, montajes de máquinas) Industrias incomodas – son aquellas que lesionan al trabajador por las condiciones del ambiente. (Ruidos, olores, etc…) y por la posición de la ejecución del trabajo (posición erecta o de rodillas), en nuestro país el decreto reglamentario del 18 de enero de 1951 implementas la norma de protección aplicables de dicho centros mencionados.
34.- DEFINA EL CONCEPTO DE JORNADA EXTRAORDINARIA, SUS DENOMINACIONES Y CUÁLES SON LAS LIMITACIONES DE LA JORNADA EXTRAORDINARIA Jornada extraordinaria: en la doctrina laboral se la conoce como jornada extraordinaria, horas extraordinarias, horas extras, sobre tiempos, jornadas suplementaria o sobre horas significa que excede el límite de la jornada normal u ordinaria de trabajo. Las horas extras deben ser prestadas en forma temporal, circunstancial, o excepcional, sola para circunstancias especiales y anormales que hacen necesaria la prolongación de trabajo. La norma jurídica no debe permitir en ningún caso jornadas excesivas no tolerar que las jornadas extraordinarias tomen carácter de cronicidad y que se convierta en un sistema normal y corriente del trabajo. En la práctica esta limitación no siempre es posible, debido a los salarios bajos que percibe el trabajador, que está dispuesto siempre de prestar trabajo extra para percibir una mayor remuneración. Limitación de la jornada extraordinaria: Ley general del trabajo en su art. 50 que permite a prestación de servicios de 2 horas diarias, no limitando en el mes o en el año un máximo, donde se ve casos que trabajador exigen el pago de 24 horas extras en una semana, lo cual tiene relación a lo establecido por la L.G.T. en su artículo 47 que manifiesta que la jornada efectiva de trabajo es el tiempo durante por el cual el trabajador está a disposición del patrono, la jornada de trabajo podrá elevarse en caso de fuerza mayor y en la medida indispensable, dando lugar a verdaderos abusos en el uso de las horas extras por parte de los empleadores 35.- CÓMO SE REMUNERA LAS JORNADA EXTRAORDINARIA En el artículo 55:Nos explica las horas extraordinarias y días feriados se pagaran el 100% de recargo y lo mismo en el trabajo nocturno y diurno con el 25 al 50% según los casos, 36.-CUALES SON LAS HORAS EXTRAS QUE NO DAN DERECHO A REMUNERACIONES. Según la Organización Internacional del Trabajo y adoptada por nuestra legislación son las siguientes: Prolongar la jornada legal para descansar el sábado. Prestación más allá de la jornada establecida para compensar la prestación reducida de los otros días.
En casos de accidentes ocurrido o inminente que pongan en peligro la existencia del trabajo. Se puede extender para reparar máquinas para prevenir accidentes. Ej. Empresas petroleras o constructores de caminos trabajan 10 a 12 horas para acumular días de descanso.
37.- SEGÚN NUESTRA LEGISLACION QUE TRABAJADORES ESTAN EXCLUIDOS DEL GOCE DE HORAS EXTRAS. Se los excluye por la naturaleza del trabajo que realizan, por ejemplo.., Los empleados públicos. Pero aquí también la realidad jurídica choca con la realidad práctica. Los empleados públicos cobran por horas extras, aun cuando la ley diga lo contrario.