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Description
Brayan Pérez Cabrera y Manuel Torres
TAREA 4
1. En la Resolución N° 111/10 se define al arte como “un campo de conocimiento, productor de imágenes ficcionales y metafóricas, que porta diversos sentidos sociales y culturales que se manifiestan a través de los procesos de realización y transmisión de sus producciones”. 2. El lugar de la Educación Artística en las sucesivas leyes educativas es de imprescindible componente curricular de “la educación contemporánea de nuestro país para la producción y distribución democrática de bienes materiales y simbólicos, y para la construcción de la identidad social y política”.
3. Los aportes de la Educación Artística para la formación ciudadana son: ● ●
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Como fuente cultural genuina para el intercambio social y la producción de conocimiento. Como posibilitador de análisis crítico de las realidades tecnológicas y comunicacionales contemporáneas, así como también de evitar el sometimiento pasivo a las necesidades impuestas por las lógicas de mercado y su concentración económico-simbólica. Como facilitador de herramientas para interpretar las diversas producciones socio-culturales con una mirada crítica y comprometida como sujetos libres, democráticos y solidarios en pos de construir nuestras identidades y transformar la realidad. Como apertura para reconocer que las producciones artísticas del pasado y del presente, pertenecientes a diversos sujetos y grupos sociales, expresan saberes, modos de producción y valores simbólicos de una sociedad determinada en el espacio y en el tiempo.
Los aportes para el mundo del trabajo: ●
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Como principal configuradora de los campos de inserción social y laboral, de la relación estado–mercado y la relación educación–trabajo, para el desarrollo local, regional y el planeamiento estratégico. Como promotora, dentro de la Educación Técnico Profesional, del “aprendizaje de capacidades, conocimientos, habilidades, destrezas, valores y actitudes relacionados con desempeños profesionales y criterios de profesionalidad propios del contexto socio–productivo, que permitan conocer la realidad a partir de la reflexión sistemática sobre la práctica y la aplicación sistematizada de la teoría...”. Además, como abarcadora, articuladora e integradora de “los diversos tipos de instituciones y programas de educación para y en el trabajo, que especializan y organizan sus propuestas formativas según capacidades, conocimientos científico–tecnológicos y saberes profesionales...”.
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Como garantía legal de que toda persona pueda tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido que, a su vez, requiere: de orientación y formación profesional; de la construcción de programas, normas y técnicas encaminadas a conseguir un desarrollo económico, social y cultural constante; y de una ocupación plena y productiva, en condiciones que garanticen las libertades políticas y económicas fundamentales de todo ser humano.
Y, finalmente, los aportes en el ámbito de la cultura: ●
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Como posibilitador de la elaboración de marcos culturales con elementos compartidos, fruto de la interacción y la comprensión de la alteridad, en una dinámica capaz de incorporar, satisfacer y reforzar las necesidades de cohesión de toda sociedad que se quiera justa y equitativa. Como ámbito específico para posibilitar la apropiación de saberes y desarrollar capacidades que permitan abordar diferentes interpretaciones de la realidad, para que todos puedan reconocerse en sus diferencias, logren un acceso más justo a los recursos materiales y simbólicos, y se relacionen solidariamente dentro del territorio y con los demás.
4. Los tres ejes centrales identificados en el marco de la ley 26.206 como objetivos estratégicos de la Educación Artística son: ●
Eje de la Educación Artística General en la Educación Común y Obligatoria. Su principal desafío plantea la transmisión cultural para la construcción de saberes y el desarrollo de las capacidades vinculadas al arte, a sus diferentes lenguajes/disciplinas desde el Nivel Inicial al Secundario, y en su articulación con otros campos de producción y conocimiento, en pos de la interpretación crítica de los discursos en la contemporaneidad, cuestión primordial para la construcción de la identidad y de la soberanía. Su función resulta imprescindible para el logro de objetivos educativo-estratégicos: la inclusión social, la construcción de ciudadanía y su participación, el desarrollo del pensamiento divergente y la vinculación con el mundo del trabajo.
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Eje de la Educación Artística Específica. Contribuye a la construcción ciudadana y su principal desafío consiste en una profundización creciente de la formación específica, llegando en los Niveles Secundario y Superior a la formación de artistas, técnicos y docentes profesionales, en tanto sujetos políticos, comprometidos con sus realidades locales, regionales y nacionales.
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Eje de Arte, Educación y Cultura. Su principal desafío se centra en generar y articular políticas públicas para la promoción, el intercambio, la comunicación y el conocimiento de las distintas culturas identitarias de los grupos sociales y sus realidades locales, regionales y nacionales. Ello implica garantizar las posibilidades de acceso y participación de los mismos en programas de inclusión social y educativa, de extensión y difusión cultural,
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como así también artístico-culturales.
5. EDUCACIÓN ARTÍSTICA OBLIGATORIA
de
promoción
GENERAL
EN
de
LA
emprendimientos
EDUCACIÓN
productivos
COMÚN
Y
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Educación Inicial: Este nivel posibilita el aprendizaje de diferentes modos de expresión y comunicación a partir de experiencias lúdicas que posibiliten el proceso de desarrollo de capacidades relacionadas con los diferentes lenguajes/disciplinas artísticas. La enseñanza se centra en la búsqueda exploración y experimentación apelando a pensar en qué es lo que se está haciendo y qué es lo que se quiere decir. Esto constituye una visión que supera la concepción del arte como un espacio para la libre expresión o para el desarrollo de la técnica, centrándose en la concepción del arte como conocimiento, que requiere del desarrollo de procedimientos vinculados tanto a la producción como a la reflexión, desde los cuales aproximarse a las diferentes manifestaciones artísticas y estéticas del contexto cultural.
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Educación Primaria: vinculada con la construcción de conocimientos específicos en relación a cuatro lenguajes básicos, lo que implica el tránsito por espacios curriculares tales como música, artes visuales, danza y teatro. Su propósito central está constituido por el abordaje de procedimientos de producción y de reflexión para la formación de sujetos situados, críticos e interpretantes; capacidades necesarias para la actuación comprometida en la sociedad.
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Educación Secundaria: fundamental para el desarrollo de capacidades de producción y análisis crítico, comprometiendo fuertemente la comprensión de las diversas formas de comunicación y expresión de las manifestaciones artísticas contemporáneas, entre las cuales intervienen las nuevas tecnologías. De manera que, más allá de los cuatro lenguajes artísticos con mayor presencia en el sistema educativo, reviste especial significación el abordaje de contenidos vinculados al lenguaje audiovisual y al multimedial. El enfoque de los lenguajes/disciplinas que componen el área deberá conferir particular importancia a las culturas juveniles, a los vínculos entre los alumnos, tanto los que se producen en el aula y en los grupos de pertenencia como los entornos locales, regionales o globales.
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Educación Superior: La inclusión de la Educación Artística en la Formación Docente para los Niveles Inicial y Primaria atenderá a la construcción de conocimientos vinculados con el desarrollo de competencias interpretativas (desde procesos de producción, interpretación y contextualización), en el marco de las prescripciones nacionales definidas para el nivel. 91. De acuerdo con los Lineamientos Curriculares Nacionales para la Formación Docente Inicial, Resolución 24/07 del CFE, en las carreras de Profesorado en Educación Inicial y Primaria se deberá prever la existencia de unidades curriculares vinculadas al arte que permitan a los futuros docentes
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comprender la complejidad del campo, ampliando la mirada respecto del área. Esto supone la vinculación con la diversidad de manifestaciones estéticas y culturales de la contemporaneidad, y el conocimiento de lineamientos básicos del abordaje pedagógico – didáctico de los lenguajes/disciplinas artísticas, con el fin de interactuar con los docentes de las especialidades artísticas en su futuro desempeño. 6. Tanto Regeslki como la Resolución 111/10 contemplan la música más allá de las cualidades que legitiman al campo musical desde sus concepciones tradicionales como la apreciación estética del arte, el virtuosismo, la “buena música” y el “genio musical”, como dice el documento: “El modo de pensar estética y artísticamente [...] no es exclusivo de algunos pocos elegidos o talentosos, sino que es parte de una cualidad humana que necesariamente requiere ser desarrollada en todos los sujetos, sobre todo considerando las particularidades culturales del presente.” Tanto el autor como el documento refieren a la educación artística para alunmxs no necesariamente dedicadxs al arte, y resaltan la necesidad de abrir las instituciones hacia las realidades sociales que circundan por fuera de las escuelas. Por un lado, Regelski reivindica las tecnologías contemporáneas (de los años de publicación de su texto) como el MIDI y los instrumentos que él denomina como “recreativos” (los más cercanos a la cotidianeidad de cada espacio) mientras, a su vez, la Resolución habla de “reconocer que las producciones artísticas del pasado y del presente, pertenecientes a diversos sujetos y grupos sociales, expresan saberes, modos de producción y valores simbólicos de una sociedad determinada en el espacio y en el tiempo”, fundamentando la necesidad de que la enseñanza se acerque a las nuevas producciones y que sus alumnxs puedan poseer las herramientas necesarias para interpretarlas y apropiarse de ellas. Como podemos entender con la lectura de muchos textos de la cátedra, la educación musical ocupa un lugar periférico en el currículum que, en términos de Regelski, ha llevado al campo musical a una crisis de legitimación donde muchxs docentes han adoptado prácticas de forma acrítica con tal de responder a las diversas represalias. Tal es el caso de la técnica como un valor en sí mismo en el campo musical, adoptado como principio inalterable. En relación al impacto de la focalización en la técnica por parte del campo, dificulta que la música sea aprendida como un campo que excede a las categorías del lenguaje musical y que no solo incide en lxs educando sino también en la formación de lxs docentes. Por ejemplo “de los profesores de música se espera que, para poder enseñar, sean músicos, y los estudios musicales dejan poco espacio para su preparación como profesores”. A raíz de lo anterior es que muchas veces nos encontramos con docentes que no tienen las herramientas para poder decodificar los supuestos subyacentes del currículum oculto y terminan reproduciendo de forma acrítica esquemas que no son significativos para lxs educando. Al respecto la Resolución 111/10 nos dice lo siguiente:
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“En las carreras de Profesorado en Educación Inicial y Primaria se deberá prever la existencia de unidades curriculares vinculadas al arte que permitan a los futuros docentes comprender la complejidad del campo, ampliando la mirada respecto del área. Esto supone la vinculación con la diversidad de manifestaciones estéticas y culturales de la contemporaneidad, y el conocimiento de lineamientos básicos del abordaje pedagógico – didáctico de los lenguajes/disciplinas artísticas, con el fin de interactuar con los docentes de las especialidades artísticas en su futuro desempeño.” Marcar una diferencia, en el texto homónimo, implicaría que la experiencia (los estudios) en la Educación aporte significativa y prolongadamente a lo largo de la vida de cualquier alumnx, más allá de su futuro profesional. En el caso de la educación musical, más que conducir al alumnado hacia un vocación artística específica, como el campo de conocimiento para la interpretación de la realidad que es, debe incluir además el “musicar” de aquellas culturas portadas por lxs alumnxs, de forma tal que signifiquen, con un valor personal y social, y así, finalmente se vuelvan esenciales y trascendentes para la formación ciudadana en la contemporaneidad.