TAREA 6

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“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia””

UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDES FACULTAD DE DERECHO

TAREA 06

CATEDRA

: DERECHO CONSTITUCIONAL PERUANO

CATEDRATICO : ELQUI FRANCISCO VIZCONDE CACHO ALUMNO

: KAREN NOEMI VELASQUEZ ARANGO

CICLO

: IV

Segunda Parte sobre Derechos Fundamentales en la Constitución política del Perú por el Juez Jorge Barreto Herrera El ponente nos habla de la actitud sospechosa menciona que la policía realiza las intervenciones policiales que en algunos casos son arbitrarios, por ello es necesario conocer nuestros derechos así, encontramos el artículo 7º de la Convención Americana de Derechos Humanos y el artículo 9º del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Fuera de estos dos supuestos indicados, la detención deviene en "arbitraria" y constituye un grave atentado contra el derecho de libertad individual. También expone sobre cuando irrumpen en tu domicilio sin orden judicial este sería un allanamiento ilegal de domicilio y puedes denunciar .Solo pueden ingresar a tu domicilio si se debe dar cuanto, es necesario señalar que el Código Nacional de Procedimientos Penales, en el artículo 290, establece que se podrá ingresar a un domicilio sin orden judicial cuando sea necesario para repeler una agresión real, actual o inminente y sin derecho que ponga en riesgo la vida, la integridad o la libertad de una o más personas .También nos dice que en caso de incumplimiento este pude ser denunciado por abuso de autoridad. El ponente hace mención sobre NUMERUS APERTUS este hace referencia los particulares cuentan con la posibilidad de utilizar la autonomía de la voluntad para crear derechos reales atípicos. Los defensores de este sistema afirman que esta flexibilidad conlleva grandes ventajas respecto al grado de satisfacción de los intereses particulares. Este se adopta en los modelos románicos otorga un monopolio legal al Estado, de modo que es únicamente el legislador quien es capaz de crear un nuevo derecho real para añadirlo a esta lista taxativa que se nos presenta en el Código Civil. De tal manera expone acerca del IUSNATURALISMO esta es como la doctrina de acuerdo con la cual existen leyes, que no hayan sido puestas por la voluntad humana y en cuanto tales son anteriores a la formación de cualquier grupo social, reconocibles mediante la búsqueda racional, de las que derivan, como de toda ley moral o jurídica

Otro punto importante que se resalta en el video se refiere a el debido proceso es un derecho fundamental, natural o humano, que tiene toda persona que le faculta a exigir del Estado un juzgamiento imparcial y justo, ante un juez responsable, competente e independiente; pues el Estado no sólo está obligado a proveer la prestación jurisdiccional. Con esto nos dice que toda persona tiene derecho al debido proceso en donde se denueste si es culpable Dato relevante expuesto es el positivismo es una filosofía cuyo principio fundamental es la cosa en sí, es una concepción moderna del mundo.

Para esta posición a realidad son los fenómenos existentes y las cosas; realidad que es el único objeto de conocimiento, donde se encuentra el origen y validez que constituye el criterio de verdad del conocimiento ,fue adoptado en el peru de manera apresurada, debido a que urgía cambiar el pensamiento colonial, darle una propia identidad y también dar un desarrollo acelerado, progresivo y firme que tenga como primer objetivo desterrar la influencia excesiva de la Iglesia y la Religión en las universidades y disciplinas intelectuales . Hace referencia a la tutela jurisdiccional, el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva es aquél por el cual toda persona, como integrante de una sociedad, puede acceder a los órganos jurisdiccionales para el ejercicio o defensa de sus derechos o intereses, con acción a sujetar a que sea atendida a través de un proceso que le ofrezca las garantías mínimas para su efectiva realización. Por otro lado, el calificativo de efectiva que se da le añade una connotación de realidad a la tutela jurisdiccional, llenándola de contenido. El derecho a la tutela jurisdiccional es el derecho de toda persona a que se le haga justicia: a que cuando pretenda algo de otra, esta pretensión sea atendida por un órgano jurisdiccional, a través de un proceso con garantías mínimas. También expone la presunción de la inocencia esto significa, que toda persona debe tenerse por inocente hasta que exista una sentencia firme de autoridad competente en la que se le considere responsable de la comisión de un delito.

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